NOVEDADES EN EL IMPUESTO DE SOCIEDADES
Con efectos a partir del 1 de Enero de 2.009 se establece un tipo de gravamen reducido para las sociedades que mantengan o creen empleo siempre que cumplan determinadas condiciones: importe neto de la cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados…El tipo reducido establecido es:
Por la parte de la base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros, al tipo del 20%.
Por la parte de la base imponible restante, al tipo del 25 %
Se elevan al 19% las retenciones sobre arrendamientos y subarrendamientos de inmuebles.
Impuesto de Sociedades:
Actualización de los coeficientes aplicables a los activos inmobiliarios, que permite corregir la depreciación monetaria en los supuestos de transmisión.
Se recoge la forma de determinar los pagos fraccionados del Impuesto.
Se incrementa al 19% el porcentaje de retención por ingresos en concepto de arrendamientos.
Se crea un tipo de gravamen reducido para empresas que mantengan o creen empleo y cumplan los requisitos establecidos.
No se integrarán en la base del I. Sociedades la percepción de ayudas de la política agraria comunitaria en relación al abandono definitivo del cultivo de la remolacha azucarera y la caña de azúcar.
Se establecen las actividades y programas prioritarios de mecenazgo.
Se determinan los beneficios fiscales aplicables a aquellos acontecimientos que merecen la calificación de excepcional interés público:
- Misteri d’Elx
- Año Jubilar Guadalupense.
- Jornadas Mundiales de la Juventud 2010.
- Conmemoración del Milenio de la fundación del Reino de Granada.
- Solar Decathlon Europe 2010 y 2012.
- Vuelta al mundo de vela Alicante 2011.
- Google Lunar X Prize.
Se modifica la Ley de Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario con los siguientes cambios:
- El tipo de gravamen pasa a ser el 19%.
- El incumplimiento del requisito de permanencia pasa a implicar un aumento del pago en un 11%.
- El régimen especial de integración de dividendos para los socios se adapta al nuevo tipo de gravamen.
- De igual manera se adapta al nuevo tipo de gravamen el tratamiento de las rentas obtenidas por la transmisión de la participación el capital de estas sociedades.