Principales Novedades Hacienda 2017/2018
Elementos más relevantes a tener en cuenta por las empresas para este final de ejercicio 2017 y el próximo 2018.
Las empresas exoneradas de la obligación de presentar el modelo 390 deberán de aportar la información necesaria en el último periodo del 2017 en el modelo 303 .
Durante el último período de este ejercicio (2017) las empresas exoneradas de la obligación de presentar el modelo 390 deberán marcar la siguiente opción en el apartado de Identificación:
Y rellenar las siguientes casillas del modelo:
De esta forma complementarán la información que necesita hacienda y que solo podían obtener a través del modelo 390.
En el ejercicio 2018 tendremos dos novedades para el modelo 303, dos nuevas opciones en el apartado de Identificación de sujeto pasivo:
- Tributa exclusivamente a una Administración tributaria Foral con IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de ingreso
- ¿Ha llevado voluntariamente los Libros registro del IVA a través de la Sede electrónica de la AEAT durante el ejercicio?
Eliminación de la aplicación Informativas
Todos estamos acostumbrados al uso de la aplicación «Informativas» que instalábamos en nuestros equipos y que nos ayudaba a realizar los modelos de informativas como el 190, 347, 390, … y posteriormente nos permitía presentar los modelos de forma automatizada en hacienda. A partir del 2018 esta aplicación ya no se utilizará, y pasaremos a trabajar con formularios web (versión online) al igual que hicimos este año con la presentación de la Renta.
Esto implicará trabajar directamente contra los servidores de Hacienda y una mayor rigidez en cuanto a comprobaciones, como la validación de los NIF/DNI/NIE, que ya no podrán incluirse en el modelo si este no está censado en Hacienda.
No obstante, Hacienda ha puesto una opción para que podamos comprobar los NIF/DNI/NIE censados y que no nos llevemos una mala sorpresa al intentar presentar nuestros modelos y sin tiempo para rectificarlos en plazo. Para ello podemos entrar en la página de trámites del modelo 030 y elegir la opción «Comprobación de un NIF de terceros a efectos censales», os dejamos aquí el acceso directo:
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/procedimientoini/G321.shtml
SII: Entrada de empresas con autoliquidación trimestral de IVA de forma voluntaria.
Actualmente las empresas con autoliquidación trimestral de IVA que voluntariamente querían agregarse al Suministro Inmediato de información de IVA podían hacerlo pero estaban obligadas a cambiar sus periodos de Autoliquidación de trimestral a mensual. Está previsto que para el ejercicio 2019 puedan realizarlo también bajo el formato de autoliquidación trimestral, muy probablemente como antesala de una posible obligación de todas las empresas de incorporarse al SII.